NO RESIDENTE
No residente es aquel extranjero que ingresa ocasionalmente al territorio nacional. Su intención no es la de establecerse en la República de Panamá, ni de abandonar la de su origen durante el periodo de tiempo que este en nuestro territorio.
Deberá contar con los suficientes recursos económicos para sostener su estadía y deberá abandonar nuestro país cuando expire su periodo autorizado.
Pertenecen a esta categoría:
Todo extranjero que ingresa a nuestro país bajo esta categoría, podrá solicitar el cambio a otra categoría migratoria, se otorga una extensión de hasta 60 días adicionales para realizar el trámite, siempre y cuando cumpla con los requisitos legales.
RESIDENTE TEMPORAL
Residente Temporal es aquel extranjero y sus dependientes (padres, cónyuge, hijos menores, hijos de dieciocho hasta veinticinco años que estudien de manera regular y dependan económicamente del residente temporal), que ingresa al territorio nacional por cualquiera de estas razones:
La residencia otorgada será por un periodo de hasta 6 años, exceptuando los casos en los que las leyes especiales y los convenios establezcan periodos distintos. Las solicitudes de permiso de residente temporal, una vez se cumplen todos los requisitos, se resolverán en un término no mayor de 60 días hábiles.
Para obtener esta residencia, el extranjero deberá pagar en concepto de derechos por la solicitud de la categoría migratoria, B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración, aparte de los requisitos particulares que conlleva cada categoría.
RESIDENTE PERMANENTE
Residente Permanente es el extranjero que ingresa a nuestro país por estas razones:
Su norte es establecerse en nuestro país, iniciar una nueva vida, fundar su familia. El Órgano Ejecutivo hará revisiones cada dos años de acuerdo a los intereses nacionales, a fin de determinar su adecuación y ajustes de acuerdo a la economía nacional y global.
Es importante mencionar que este trámite otorga al extranjero un permiso de residencia de dos años, otorgando un carnet de residente permanente. Una vez pasados estos dos años, se podrá solicitar la permanencia definitiva de acuerdo a los requisitos de la ley.
Para obtener esta residencia, el extranjero deberá pagar en concepto de derechos por la solicitud de la categoría migratoria, B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración, aparte de los requisitos particulares que conlleva cada categoría.
La Residencia Permanente, de acuerdo a la categoría, permitirá al extranjero obtener la nacionalidad panameña por Naturalización.
NATURALIZACIÓN
Una vez el extranjero obtenga la Residencia Permanente, siempre y cuando la categoría migratoria lo permita tendrá derecho a obtener la nacionalidad panameña por Naturalización. Pero vamos a hacer una explicación del tema de la nacionalidad. Nuestra Constitución Panameña define en el Título II, Nacionalidad y Extranjería, las formas como se adquiere la nacionalidad panameña, estas son solo tres:
¿Quiénes son panameños por nacimiento?
Son panameños por nacimiento, de acuerdo al Artículo 8 de la Constitución, aquellos que:
¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad por naturalización?
Pueden solicitar la nacionalidad panameña por naturalización, de acuerdo a lo que establece el Artículo 10 de la Constitución:
En este punto es importante mencionar cuales son los países que mantienen CONVENIOS DE RECIPROCIDAD y pueden obtener la naturalización según los años de residencia permanente en nuestro país (Se cuentan una vez se haya obtenido la resolución de residencia permanente), estos son:
En el proceso de naturalización están involucradas varias entidades del Estado, las cuales se comunican entre sí, haciendo verificación del expediente, otorgado visto bueno, recibiendo el expediente para aprobación.
La solicitud de la Carta de Naturaleza, se presenta mediante apoderado legal, al Excelentísimo Presidente de la República, ya que es una potestad de Él su otorgamiento, previo al cumplimiento de los requisitos. El trámite puede tardar hasta 5 años.
Se debe presentar un examen de conocimientos generales de 90 preguntas y una entrevista personal.
