DOCUMENTOS - TESTAMENTOS

Testamento Cerrado

El Testamento Cerrado, es aquel que podrá ser escrito por el testador o por otra persona a su ruego, cumpliendo con todas las formalidades y solemnidades exigidas por la Ley. Su particularidad y diferencia entre los otros tipos de testamentos radica en que los deseos de la persona que lo otorga, se guardan en absoluto secreto hasta el momento en que se tramita la herencia.

¿Cuantos tipos de testamentos existen en Panamá?

Nuestro Código Civil reconoce los ‘testamentos comunes’ y los ‘testamentos especiales’.

¿Cuáles son los testamentos comunes?

Los testamentos comunes pueden ser ológrafos, abiertos y los cerrados:

  • Testamento Ológrafo: Es el que está escrito por el testador, cumpliendo las formalidades del Código Civil.
  • Testamento Abierto: Es el que se realiza en presencia de personas que deben autorizar el acto, ellos quedan enterados de la voluntad del testador.
  • Testamento Cerrado: En este tipo de testamento, el testador, sin revelar su última voluntad ante otros (o sea, que el contenido no es conocido por otras personas al celebrarse), declara que esta se halla contenida en un sobre cerrado, delante de quienes deben autorizar el acto.
¿Cuáles son los testamentos especiales?

Se consideran testamentos especiales el marítimo, el militar y el hecho en país extranjero.

¿Para hacer un testamento se necesitan testigos?

Si, se necesitan testigos, que sean idóneos, es de suma importancia conocer que no toda persona puede serlo, en caso de elegirlo equivocadamente, el testamento no tendrá validez;

No podrán ser testigos: los menores de edad, los que no entiendan el idioma, los que no estén en su sano juicio, los que hayan sido condenados por el delito de falsificación de documentos públicos o privados o por falso testimonio, los parientes, amanuenses, criados o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Notario autorizante.

En los testamentos abiertos no pueden ser testigos los herederos, ni los parientes de los mismos dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

La Consanguinidad es el parentesco natural que existe entre una persona y otras que tienen los mismos antepasados. Es un vínculo de sangre, tanto ascendiente como descendiente.

En este parentesco no debemos olvidar el vínculo por adopción, que existe entre el adoptado y los padres adoptivos y, por ende, sus parientes consanguíneos.

Para tener un poco más claro el tema, vamos a hacer una breve explicación sobre los grados de consanguinidad y la afinidad.

¿Qué son los grados de consanguinidad?

Los grados de consanguinidad se refieren a las diferentes generaciones que hay en una misma familia y la distancia que existe de un familiar directo a otro, es un vínculo relacionado con el parentesco de sangre entre personas. La distancia entre las personas unidas por un vínculo familiar se mide en diferentes grados.

¿Qué es la afinidad?

La afinidad es la relación de parentesco que une a las personas mediante un vínculo legal, como es por ejemplo el matrimonio (las parejas de hecho no se consideran parentesco por afinidad). En el matrimonio, los grados de afinidad siempre serán los familiares del cónyuge, su familia política.

¿Quiénes no pueden hacer testamento cerrado?

No podrán hacer un testamento cerrado los ciegos y los que no sepan ¿???

Las personas sordomudas y los que no puedan hablar, pero si puedan escribir, podrán hacer este tipo de testamento.

¿Cuál es el procedimiento para darle validez a este testamento?

Requiere para su celebración no sólo la elaboración del testamento, sino que además éste se encuentre en un sobre sellado y lacrado, junto con la escrituración del sobre, el cual debe prestarse ante Notario Público y 3 testigos hábiles.

Una vez en Notario ha autorizado el testamento cerrado, este insertará en el protocolo, copia del acta de otorgamiento, la escritura en que se haga la inserción será firmada por las mismas personas que concurrieron al otorgamiento.

Este testamento podrá ser depositado en la notaría, el testador podrá guardarlo o encomendarlo a una persona de su confianza.

En el caso de que el testamento sea depositado en la notaría, este dará un recibo al testador como constancia del depósito.

Es muy importante indicar en este punto, que ya sea el Notario o la persona que tenga en su poder el Testamento Cerrado, al momento del fallecimiento del testador, deberán presentarlo ante el juez competente, si no se hiciere dentro de los diez días, será responsable de daños y perjuicios que ocasionen esta negligencia.

¿Qué tipo de testamento me permite crear la plataforma KMLegalDocs?

En nuestra plataforma podrá redactar de la forma más sencilla y clara, un Testamento Cerrado, el cual para darle formalidad solo necesitará ser entregado en sobre cerrado y sellado ante notario en compañía de tres testigos idóneos.

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