Protección de Datos Personales en la República de Panamá

Protección de Datos – Políticas de Privacidad:

En la República de Panamá, la Constitución reconoce entre sus garantías fundamentales la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, el derecho de toda persona de acceder a su información personal, contenida en bases de datos o registros públicos y privados y a requerir su rectificación y protección, al igual que la eliminación.

El 26 de Marzo de 2019, se promulgó en la Gaceta Oficial No. 28743-A, la Ley 81 de 26 de marzo de 2019, Sobre Protección de Datos Personales, y se designó a la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), como ente rector, quienes desde esta fecha han sensibilizado a la población con talleres, para dar a conocer la Ley y que todos estuviéremos enterados y preparados de su alcance, ya que la misma entró en vigencia el 29 de marzo del 2021.

 

¿Cuál es el Objeto de la Ley 81 de 26 de marzo de 2019?

El objeto de La Ley 81 de 26 de marzo de 2019, es el de establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección de datos de las personas naturales de la República de Panamá, constituyéndose como el marco general de defensa del derecho a la protección de datos personales en nuestro país, haciendo énfasis en lo relativo al tratamiento y custodia de los datos,

Su reglamentación, en el Decreto Ejecutivo 285, del 28 de mayo de 2021, a cargo de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), dicta los lineamientos que se deben seguir, observando los estándares internacionales en esta materia, como lo son las Directrices de la OCDE de 1981, los Principios de Protección de Datos para Iberoamérica de la OEA de 1996, el Reglamento Europeo de Protección de Datos de 2016 y los Estándares de Protección de Datos Personales para los Estados Iberoamericanos, del 20 de junio de 2017 y establece que este decreto constituye el régimen de aplicación general a cualquier tratamiento de datos personales, sin dejar de lado los requisitos añadidos que puedan establecerse el leyes especiales, se incluye también a los sujetos regulados por leyes especiales.

 

¿Cuál es el Ámbito de aplicación de la Ley 81 de 2019?

En su Artículo 2, de la reglamentación de la Ley, se establece que el Ámbito de Aplicación: será aplicable en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando Las bases de datos se encuentren en la República de Panamá y almacenen o conserven datos personales de nacionales o extranjeros
  2. Cuando el responsable del tratamiento de datos personales esté domiciliado en la República de Panamá.
  3. Cuando los tratamientos de datos cuyo origen o almacenamiento sea el territorio de la República de Panamá, con las excepciones previstas en la Ley 81 de 2019; y
  4. Cuando los tratamientos de datos realizados en el marco de una actividad comercial, por Internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital conforme a la Ley 51 de 2008, para garantizar la protección de datos personales en las actividades dirigidas al mercado panameño.

 

¿Quiénes son los sujetos protegidos por la Ley 81 de 2019?

Quedan sujetos a protección los tratamientos de datos personales de las PERSONAS NATURALES, los derechos de las personas fallecidas se rigen por las reglas del Código Civil; en el caso de los menores de edad se dará prioridad al interés superior del menor conforme a las normas de la República de Panamá y a los tratados internacionales existentes en la materia.

Las plataformas que recaben datos personales deberán hacerlo sin engaños, con un fin determinado, no conservarlos más allá del tiempo necesario, limitarse a solicitar solamente los necesarios, los responsables de los tratamientos de los datos deberán adoptar medidas para garantizar la seguridad de los mismos, deberá informar al titular cuando los mismos hayan sido sustraídos, se deberá informar al titular de los derechos que le amparan, así como informarle de la posibilidad de ejercer los derechos ARCO, deberán guardar la confidencialidad respecto a los mismos, que los datos sean recolectados con el consentimiento previo, informado e inequívoco del titular y el derecho del titular de solicitar si así lo desea, copia de los datos que de su persona se ha recabado.

 

¿En cuales situaciones se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley?

Quedan exceptuados, aquellos tratamientos regulados por leyes especiales, los que realizan las personas naturales en actividades domésticas, los que realicen las autoridades para investigación, detección, enjuiciamiento de infracciones penales o ejecución de sanciones penales, los que son recabados para el análisis de inteligencia financiera, cuando el tratamiento de datos esté relacionado en cumplimiento de tratados y convenios ratificados por la República de Panamá y cuando resulten de información obtenida mediante procedimiento previo de disociación o anomización de forma tal que el resultado pueda ser asociado al titular de los datos

 

¿Cuáles son las condiciones para cumplir para el tratamiento de los datos personales?

La Ley 81 de 2019, indica que solamente podrá realizarse el tratamiento de datos personales, siempre y cuando se cumpla al menos una de las Condiciones siguientes:

  1. Que se obtenga el consentimiento del titular de los datos
  2. Que el tratamiento de los datos sea necesario para la ejecución de una obligación contractual, siempre que el titular de los datos sea parte.
  3. Que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal para la cual el responsable de los datos esté sujeto
  4. Que el tratamiento de los datos personales esté autorizado por una ley especial o las normativas que lo desarrollan.

El consentimiento podrá obtenerse de forma que permita su trazabilidad, puede ser otorgado electrónicamente o mediante cualquier otro mecanismo, podrá ser revocado sin efecto retroactivo.

 

¿Existen sanciones pecuniarias para los responsables del tratamiento de los datos personales que incurran en infracciones a la Ley?

Si, la sanción multa oscila en mil balboas (B/.1,000.00) hasta diez mil balboas (B/.10,000.00), serán aplicadas por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), además deberá indemnizar el daño patrimonial y/o moral causada.

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